ADQUISICION DE CIUDADANIA PDF Print E-mail

Abogados Adquisicion de Ciudadania en Ciudad de Mexico

La leyes migratorias de Estados Unidos permiten en algunos casos, que un ciudadano de Estados Unidos transmita la ciudadania a su hijo, aunque este haya nacido fuera del pais. A esto se le conoce como adquisicion de ciudadania estadounidense. Los niños que califican para la adquisicion de ciudadania son ciudadanos de nacimiento. Asi mismo existen personas que tienen tal ciudadania pero desconocen esta situacion. Por otro lado, las leyes migratorias de Estados Unidos no permiten la adquisicion de la ciudadania por medio del parentesco con los abuelos.

Los elementos que se toman en cuenta para determinar si una persona nacida fuera de los Estados Unidos es un ciudadano estadounidense son los siguientes:

  • Si los papas de la persona estaban casados al momento que nacio
  • La fecha de nacimiento de la persona
  • Si uno o ambos padres eran ciudadanos de los Estados Unidos al momento del nacimiento de dicha persona
  • El tiempo que vivio el padre ciudadano dentro de los Estados Unidos antes del nacimiento de la persona
  • Si la persona ha cumplido con los requisitos de residencia estadounidense

Para adquirir la ciudadania estadounidense la ley establece los siguientes requisitos para personas nacidas entre el 24 de Diciembre de 1952 al 14 de Noviembre de 1986 con 1 progenitor estadounidense y otro extranjero:

  1. Que el progenitor estadounidense haya estado presente fisicamente en los Estados Unidos por un periodo o periodos que en total sumen por lo menos 5 años.
  2. Que de esos 5 años vividos en Estados Unidos, por lo menos 2 hallan sido posteriors a la edad de 14 años y antes del nacimiento de la persona.

INA § 301(g)