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| Inmigración e Impuestos |
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Hay varios aspectos importantes de la legislación fiscal que cada caso de inmigración necesita ser informado. Individuos indocumentados en los EE.UU., por una parte, es necesario presentar los impuestos. La ley lo prevé y, de hecho, el Departamento de Hacienda estableció el Número de Identificación del Contribuyente Individual (ITIN), precisamente para este propósito. Desde el inicio del programa de ITIN en 1996, 10,771,438 números de ITIN ha sido emitidos. Registros de impuestos, bajo la ley federal, son confidenciales y no deben ser entregados a las autoridades de inmigración. El 10 de marzo de 2004, el Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes de EE.UU. volvió a publicar su compromiso de legislar sobre la confidencialidad de la información de los contribuyentes, incluso si el contribuyente presentó su declaración utilizando un número falso de seguro social o identificación de otra persona. Las personas que residen en México, EE.UU., y Canadá y recibe más de la mitad de sus ingresos de los contribuyentes puede calificar como dependiente, e incluye: (1) hijos e hijas, (2) sobrinas y sobrinos, (3) padres , (4) abuelos, (5), nietos; (6) hijastros; (7) suegros; (8) hermanos y hermanas; (9) y las personas que no están específicamente enumerados si la persona vive con el contribuyente por todo el año. A menudo miles de dólares en las declaraciones de impuestos están disponibles para reembolso, incluso para las personas indocumentadas, y a veces incluso si no pagan ningún impuesto. Existen varios créditos que los contribuyentes podrán solicitar en sus declaraciones, entre ellas:
Sólo el crédito requiere que el contribuyente tenga un número de seguro social válido para reclamar el crédito, pero tanto el CTC y ACTC puede ser reclamados mediante el ITIN. |