Perdón I-212 para deportaciones anteriores PDF Print E-mail

EL DERECHO DEL PUEBLO:

EXISTE REMEDIO PARA LOS DEPORTADOS: EL "PERDON" I212
"EL DERECHO DEL PUEBLO" es una columna de consejo e información legal escrito por el abogado y
maestro Matthew "Mateo" Katz. La información adjunto no se substituye por una consulta en persona,
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Por fin tu hija tiene sus 21 anos, y la alegría no es únicamente porque ya se va a casar y salir de desde abajo de tu techo! Todos estos años de amor y trabajo en crear a tu hijita van a presentar un beneficio cierto para ti: la oportunidad de arreglar tu estatus migratorio.

Tu hija (como es graduada de la universidad, que orgullo!) llena a todos los documentos necesarios y los manda a inmigración. Esperas un año para que llegue la fecha de tu entrevista, y estas tan feliz! Al sentarte con el oficial migratorio, de inmediata saca una hoja con tu foto y huellas, y una deportación tuya de desde hace varios anos. "Ay, no!" gritas y sales de la entrevista con lagrimas al recibir la hoja "NEGADA" del oficial. Regresas a casa desilusionada y frustrada, convencida que al infinito te quedas como ilegal en este país.

NO ES ASI! Existe un remedio para ti. Si, hay un perdón poco conocido que se llama "Permiso para reaplicar para admisión después de una deportación o remoción". Sección 212(a)(9)(A)(iii) de la ley migratoria y sección 8 C.F.R. 212.2 de las regulaciones federales explican que efectivamente el Servicio de Inmigración tiene el poder de "perdonar" a tus deportaciones anteriores para que no sean barrera para que te arregles. Son diez factores que usa el Servicio para adjudicar su perdón: (1) el bases de la deportación, (2) que tan reciente fue la deportación, (3) su tiempo de residir en los EEUU, (4) el carácter personal y moral del aspirante, (5) su respecto para la ley y orden, (6) pruebas de reformarse y rehabilitarse, (7) responsabilidades familiares, (8) falta de admisibilidad abajo cualquier otra sección de la ley, (9) daño a si mismo y a otros, y (10) la necesidad para servicios en los EEUU.

En un caso de la rama de apelaciones del Servicio de Inmigración de Enero, 2008, se le dio el ganado a una señora Mexicana que tenía una deportación en el 1984, otra en el 1986, y otra negación de una solicitud en el 1990 y otra en el 1998 (o sea una historia repleta de problemas migratorias!). También, la señora reentro ilegalmente a los EEUU después de la deportación que le otorgó una "barrera permanente" de poder solicitar cualquier benefició.

Entra el perdón I‐212! La Rama de Apelaciones encontró en este caso que porque la señora, ahora pidiendo la residencia por medio de su hijo, presentó cartas de recomendación de sus colegas de trabajo, amigos y vecinos que "indican que ella es una persona trabajosa, confiable, quien también es una buena madre para su hijo." Además, escribieron que aun que la señora "tiene múltiples violaciones migratorios que no se puede favorecer, la Rama de Apelaciones encuentra que, considerando todas las circunstancias, la aspirante ha establecido que los factores favorables en su caso pesan mas fuerte que los negativos, y que ejercer nuestro poder de discreción en dar el ganado en el perdón es apropiado."

La señora se hizo residente y a pesar de su pasado ganó su caso por medio de pedir el perdón. HAY REMEDIO, AMIGOS!

©2008, Matthew A. Katz, Esq.